lunes, 13 de febrero de 2012

Lunes 13 y martes 14 de febrero feriados no laborables compensables


Trujillo.- El decano del Colegio de Contadores de La Libertad, Miguel Arancibia explicó que para los trabajadores del sector público los días lunes 13 y martes 14 de febrero son días no laborables compensables, según D.S. Nº 099-2011-PCM.

Esto quiere decir que las horas dejadas de trabajar los días lunes y martes serán compensadas en la semana posterior o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

En el caso de los trabajadores del sector privado podrán acogerse, previo acuerdo entre las partes, a falta de acuerdo decidirá el empleador.

El empleador del sector privado también puede decidir no acogerse a los descansos, en cuyo caso serán días laborables regulares, sin que el empleador tenga que pagar sobretasa alguna.

Días hábiles tributarios: Los días no laborables antes señalados se consideran hábiles para efectos tributarios, debiendo tomarse las precauciones para los plazos que pudieran vencer esos días.